Expediente No. 1481-2014

Sentencia de Casación del 10/08/2015

“…Cámara Penal con el propósito de establecer de forma indubitable si el ad quem resolvió con relación a lo argumentado por el acusado en el recurso de apelación especial, en cuanto a que el a quo no aplicó las reglas de la sana crítica razonada, procede a examinar la motivación efectuada por el ad quem  y establece que, efectivamente, como lo señala el casacionista, (…), la Sala (…) dejó de dar una respuesta fundamentada al impugnante, puesto que no se pronunció en lo referente a si se vulneraban las reglas de la sana crítica razonada en la valoración de las declaraciones testimoniales de los agentes de la Policía Nacional Civil (…), pues se les dio valor probatorio a pesar de ser señaladas de contradictorias entre sí por el sindicado, puesto que los testigos (…) declararon que ellos andaban en una patrulla y que el sindicado portaba un arma de fuego en la cintura, mientras que el testigo (…) declaró que andaban a pie y que el sindicado cargaba cuatro armas en una mochila. En vista de lo cual, por la omisión incurrida por el ad quem, de un punto esencial contenido en las alegaciones del defensor, como lo prescribe el artículo 440 numeral 1) del Código Procesal Penal, procede el recurso de casación en cuanto a este submotivo…”