Expediente No. 1420-2014

Sentencia de Casación del 20/06/2015

“…esta Cámara estima que debe declararse procedente el recurso de casación planteado por motivo de forma, por el caso de procedencia denunciado y ordenar el reenvío de las actuaciones correspondientes, para que el tribunal de origen resuelva sin los errores señalados, y fundamente adecuadamente su resolución, con base a lo requerido por el casacionista, respecto a si el ad quem observó la aplicación del principio de razón suficiente al valorar la prueba, con relación a que debió escucharse la declaración del señor (…), en vista que a la prueba documental número uno (Informe rendido por la Dirección General de Control de Armas y Municiones del Ministerio de la Defensa Nacional) que se le otorgó valor probatorio positivo en el fallo impugnado, se hace mención que el arma que le fue incautada al acusado se encontraba inscrita a nombre de otra persona, por lo que resulta necesaria su declaración, para que de cuenta quién portaba esa arma al momento de los hechos, a pesar que no consta en la sentencia del a quo, que se haya diligenciado y valorado dicha declaración testimonial…”




 








 

 











































 

 















 
















 















 



 


 












 





 



 







 



















 



 




 


 


 












…”