Expediente No. 1315-2014

Sentencia de Casación del 23/07/2015

“…La conducta penalmente relevante establecida en el tipo penal [delito de portación ilegal de armas de fuego de uso civil y/o deportivas] imputado por la Sala, es que la persona porte el arma sin la licencia respectiva, con lo cual la acción del sujeto activo y la norma encuadran perfectamente, haciendo posible la imposición de la pena establecida en la disposición legal.

En el presente caso, la legislación no exige ni otorga relevancia al hecho que el arma sea o no apta para disparar y, por otro lado, dentro de los hechos acreditados no se hace referencia a la funcionalidad de la misma, lo que impide a Cámara Penal ir más allá de lo evidenciado como demostrado por el a quo, lo que no riñe con lo declarado por la Sala, ya que ésta última no tuvo por acreditado nada fuera de lo fijado en la sentencia de primera instancia, sino hizo evidente el error de fondo en que incurrió el tribunal de sentencia al tener por acreditada la portación del arma sin la licencia respectiva por el procesado y aun así absolverlo, por lo que no se hizo mérito ni de la prueba ni de los hechos y por lo tanto no existe violación al principio de intangibilidad probatoria, ni infracción del artículo 430 del Código Procesal Penal…”