Expediente No. 984-2013

Sentencia de Casación del 17/03/2014

"…el delito de usurpación lleva implícito lo que es el engaño, ya que en esta clase de delito, el sujeto activo ejecuta actos propios del cargo que finge desempeñar. En igual sentido puede apreciarse la agravante de menos precio a la autoridad, porque es elemento del tipo ejercer actos propios de autoridad o funcionario. De esa cuenta, la Sala y el sentenciador no podían considerar para agravar la pena aquellas circunstancias, violentando con ello el artículo 29 del Código Penal.
De ahí que, al imponer la pena prisión en consideración de circunstancias agravantes que se encuentran inmersas en el delito imputado, se incurrió en error de derecho, que debe ser corregido por medio del presente recurso, en el sentido de que, la pena de prisión que corresponde imponer es la mínima, que para el delito de usurpación establece la ley sustantiva penal…"