"…Al realizar el cotejo entre el recurso de apelación especial y la sentencia impugnada, se constata el escaso análisis realizado por el tribunal de segundo grado, ya que se limitó a indicar que los agravios denunciados por el apelante no arrojan una adecuada expresión de fundamento, porque no indicó en forma clara y precisa en qué consiste la interpretación indebida que el juzgador de primer grado hizo de los tipos penales.
(…) el fallo en estudio está privado de razones para justificar el dispositivo, respecto de cada una de las cuestiones planteadas en el recurso de apelación por motivo de fondo, relacionados en el presente recurso de casación. Por ello, Cámara Penal determina que el fallo de la sala impugnada no es válido, toda vez que la decisión no está debidamente motivada debido a que omitió totalmente analizar y pronunciarse concretamente conforme a lo impugnado, es decir, no cuenta con fundamentos completos, legítimos y lógicos, adecuados a los principios que presiden el recto entendimiento humano…"