"…Cámara Penal determina que la sala de apelaciones no hizo razonamiento alguno en cuanto al agravio expresamente denunciado por la entonces apelante, por el contrario, se limitó a transcribir partes conducentes del recurso de apelación planteado por el Ministerio Público (…) resulta evidente que la sala de apelaciones incurrió en el vicio de forma denunciado, toda vez que para fundamentar su decisión, debió explicar porqué el auto que declaró con lugar la cuestión prejudicial no vulneró las normas denunciadas como violadas…"