Expediente No. 520-2013

Sentencia de Casación del  10/12/2014

“…Derivado de los medios de prueba aportados por el ente acusador, el sentenciante acreditó que el referido procesado fungió como mandatario de los adoptantes, sin que (…) con ese actuar haya ejecutado alguna acción ilegítima, toda vez que fue al abogado (…) a quien le solicitaron los servicios para realizar el trámite de la adopción. El tribunal de primer grado no probó que el acusado haya tenido conocimiento que existían anomalías en cuanto al origen de la menor víctima o la forma cómo se realizó la inscripción de su nacimiento, que el nombre de ella era falso y que la certificación de la partida de nacimiento contuviese datos anómalos, ya que fue la supuesta progenitora de la niña quien hizo insertar tales datos; tampoco se demostró que él haya efectuado alguna acción o participación en la sustracción de la menor.

(…), Cámara Penal estima que los argumentos del ente casacionista carecen de sustento jurídico, en virtud que no quedó acreditada alguna acción realizada por el procesado (…), susceptible de encuadrar en el tipo penal de encubrimiento propio…”