Expediente No. 391-2014

Sentencia de Casación del 18/07/2014

"…El concurso real ocurre cuando coinciden en un mismo proceso varios delitos autónomos, particulares e independientes. En ese sentido, cada "acción", constituirá per se un delito que debe ser considerado en forma separada de otros que se estudian en el mismo proceso penal.
De lo analizado se concluye que, no es procedente el concurso ideal planteado por el casacionista, pues, en el presente caso se da la pluralidad de acciones y de delitos; y por lo mismo, carece de sustento jurídico el agravio y vulneración normativa denunciados por el casacionista…"