Expediente No. 33-2014

Sentencia de Casación del 22/05/2014

"…Cámara Penal desciende al fallo del Ad quem y encuentra que les resolvió a los recurrentes los puntos planteados (…) de manera general, como fue presentada la apelación, pues, no obstante el argumento de los recurrentes fue variado, no se indicó en forma precisa de qué manera estimó transgredidas las normas contenidas en los artículos en que se fundó, corroborando que la sala así les resolvió, indicándoles que no advirtió la inobservancia alegada de los artículos relacionados.
(…) el valor probatorio otorgado a los medios con los cuales llegó a su conclusión, no riñe con las reglas del sistema de valoración de la sana crítica razonada, ya que soporta el examen de logicidad exigido por el apelante sin que exista indicio de algún vicio o falla.
(…) Cámara Penal observa que no obstante el razonamiento del Ad quem es escueto, el mismo es eficaz, pues, está basado en lo acreditado por el sentenciador y de ahí que cumplió con explicarles a los procesados porqué lo denunciado no tiene sustento y porqué de las constancias procesales se constata que existió un lugar de los hechos, que se tuvo por probado (…) Cámara Penal concluye que, por la vía del recurso de casación no se puede provocar nuevo examen de medios probatorios acreditados por el tribunal A quo, y que la sala recurrida cumplió con su compromiso legal de fundamentar el fallo…"