Expediente No. 311-2014

Sentencia de Casación del 17/07/2014

"…se determina que si bien la Sala no puntualizó respecto a los informes telefónicos y al depósito de dinero de la cuenta del acusado, si corroboró que la sentencia se encontraba fundamentada, al argumentar que con base en los medios de prueba valorados, no se probó la plataforma fáctica de la acusación. En consecuencia la Sala sí respondió adecuadamente, no observándose la utilización de una motivación aparente, pues fue clara y precisa al determinar razonablemente que, como efecto del valor otorgado a cada una de las pruebas, el tribunal concluyó en la absolución, al no haberse probado la plataforma fáctica contenida en la acusación.
El casacionista señala que la sala no resolvió los agravios de logicidad, sin embargo al examinar la apelación especial se establece que no fueron planteados, pues su tesis se concretó a que la sentencia carecía de fundamentación, por tal motivo la sala no resolvió sobre tal extremo…"