"…Cámara Penal considera que la Sala de apelaciones omitió dar respuesta a los agravios manifestados en apelación especial, toda vez que el procesado fue completamente claro y concreto en señalar su agravio, referido a la vulneración de los artículos antes indicados, bajo el argumento que no existieron medios suficientes para demostrar su responsabilidad. En su lugar, la sala resolvió con un argumento en el que refirió de forma general que fue demostrado el hecho atribuido al sindicado, y por ello no se vulneraban las normas señaladas como infringidas. De esa guisa se advierte que, la sala no cumplió con resolver al apelante los agravios sustentados, pues no cumplió con hacer un análisis detenido sobre si fueron o no vulnerados cada una de las tres normas que de forma individualizada señaló como vulneradas. Dicha omisión constituye una vulneración al derecho de defensa y acceso a la justicia…"