Expediente No. 1338-2013

Sentencia de Casación del 21/03/2014

"…la sala fue clara en indicar las razones por las que estimó correcta la calificación del hecho criminal, refiriendo con exactitud que, con los medios probatorios valorados, fue posible determinar que el procesado fue la persona que la llevó el día que desapareció, siendo la última persona que tuvo contacto con la occisa (…) concluyó la sala que sí se sustentaron las razones por las cuales estimó que fue correctamente aplicada la relación de causalidad, decidiendo confirmar la calificación jurídica realizada del hecho.
(…) Cámara Penal ha considerado en reiterados fallos que cuando se denuncia vulneración del principio de relación de causalidad contenido en el artículo 10 del Código Penal, quien recurre, debe tener por ciertos y válidos los hechos que se hayan tenido por acreditados (…) encuentra que la sala de apelaciones resolvió adecuadamente el agravio planteado por el procesado dentro del recurso de alzada, razón por la que no existe infracción de las normas constitucionales referidas, dado que el fallo recurrido cumplió con resolver fundadamente el agravio manifestado…"