"…al revisar la valoración probatoria testimonial, tal como lo hizo la Sala, resulta que de la misma no se desprenden los hechos de la acusación y especialmente, la responsabilidad del sindicado en los mismos.
En consecuencia, la Sala sí fundamentó su decisión, sí contiene el requisito de validez de fundamentación que exige el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal…"