Expediente No. 1307-2013

Sentencia de Casación del 22/10/2014

“…se establece que la agraviada es una menor que a los doce años de edad tomó valor y decide declarar que los abusos en su contra iniciaron cuando ella tenía nueve años. Su declaración está concatenada con los demás medios de prueba (…) quedó probado que la víctima estuvo sometida a violaciones desde los ocho años. Además de lo indicado, debe apreciarse que se acreditó con las declaraciones de las menores (…) Asimismo dicho ilícito produjo secuelas en la agraviada, como traumas sobre su imagen corporal y conducta de odio y despreció por su padre lo que quedó acreditado con prueba pericial…”