Expediente No. 1165-2013

Sentencia de Casación del 06/01/2014

"…Cámara Penal al realizar un análisis jurídico entre el recurso de apelación planteado y lo resuelto por la sala se aprecia que ésta no dio explicación fundada a su decisión de no acoger las denuncias expuestas, pues se limitó a señalar que sí se realizó el análisis y valoración de los medios probatorios en la forma que establece la ley adjetiva penal y que el entonces apelante pretendía una nueva valoración del material probatorio diligenciado en primera instancia la cual es potestad del Tribunal o Juez sentenciador y no se pronunció puntualmente sobre los agravios señalados en el recurso referido, y específicamente debió pronunciarse si se observó o no el principio de razón suficiente de las reglas de la derivación, con base en la denuncia sobre insuficiencia de la prueba, específicamente la declaración testimonial de la víctima que, según su alegato, no se confirma con las pericias realizadas.
Para fundamentar su fallo el tribunal de apelación debió resolver los agravios puntualmente denunciados, y ello es, independiente de si le asiste o no la razón al recurrente (…) se concluye que el fallo recurrido no contiene el elemento básico de fundamentación que le da validez y eficacia…"