“…Los hechos acreditados produjeron en el a quo la certeza sobre la tentativa homicida de los acusados y el encuadramiento de sus acciones en el delito de homicidio en grado de tentativa, decisión que fue confirmada por la Sala de Apelaciones, al verificar que con la prueba producida en el juicio y las condiciones de lugar, modo y tiempo en que se realizaron los hechos acreditados quedó demostrado la participación y responsabilidad de los acusados en el hecho imputado, criterio que ésta Cámara estima correcto. Por lo anterior se concluye que la sentencia impugnada contiene una justificación coherente, explícita, concisa suficiente y eficaz, cumpliendo con el requisito formal de la fundamentación exigida por el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal…”