Expediente No. 1820-2012

Sentencia de Casación del 19/02/2013

“…Esta Cámara es del criterio que las declaraciones de los agentes captores fueron suficientes para acreditar que el acusado portaba un arma de fuego, que el delito se consumó cuando los agentes solicitaron al acusado la licencia que autorizaba su portación, y el acusado indicó carecer de ella, por lo que resulta irrelevante si la víctima observó si el acusado portaba un arma de fuego, pues éste estaba siendo agredido físicamente en medio de una multitud de personas. La responsabilidad penal del sindicado (…) es perfectamente acreditable con el contenido coherente de las declaraciones de los agentes captores, las que en criterio del sentenciador fueron convincentes. Asimismo, existe el nexo causal entre la acción, consistente en portar un arma de fuego sin licencia, el resultado y la imputación objetiva de ese resultado al sujeto activo, que constituye un presupuesto mínimo para exigir la responsabilidad por tal comisión. (...) queda en evidencia que la diferencia en el número de kilómetros es intrascendente, al igual que la forma en que fue encontrado el agraviado, y solo puede interpretarse como un lapsus, pues, el lugar del hecho señalado por los testimonios, no deja dudas a este respecto. Por ello es válida, completa y fundada, la resolución emitida por parte de la Sala de apelaciones en el sentido que, los hechos probados fueron suficientes para acreditar la relación causal del hecho atribuido al acusado…”