“…El criterio para resolver de la forma en que lo hizo el ad quem, es compartido por Cámara Penal pues, al descender a la sentencia de primer grado se advierte que, en efecto la prueba aportada al juicio es contundente y acredita con certeza jurídica la participación directa del procesado en los delitos imputados. De esa cuenta es que, el sentenciador otorga valor probatorio a la declaración de la agraviada (…) quien mediante su testimonio ubica al incoado en el lugar y día de los hechos, sindicándolo de ser una de las personas que, además de coordinar al resto de sicarios, disparó en su contra, su hermana y su cuñado, quien como consecuencia falleció, resultando ella y su hermana gravemente heridas; elemento probatorio que, concatenado con los informes periciales y documentales aportados al juicio y valorados positivamente por el a quo, indudablemente establecen la participación del sindicado en los hechos que se le imputan…”