Expediente No. 1219-2012

Sentencia de Casación del 05/07/2013

“…Cámara Penal considera que la Sala sí cumplió con resolver fundadamente el agravio planteado, y que el mismo se ubica en la misma generalidad con que le fue expuesto el reclamo, ya que el planteamiento fue desarrollado en un nivel de abstracción en el que únicamente expuso la inconformidad con la decisión emitida, sin que expusiera un reclamo preciso sobre alguno de los distintos puntos resolutivos de la sentencia. Por esta razón, se encuentra que la respuesta de la Sala fue suficiente y no se encontraba obligada a realizar un análisis detenido sobre punto alguno, y ello permite concluir que el ejercicio intelectivo del Tribunal de apelación especial es correcto y fundado al considerar que el A quo erigió la construcción fáctica de los hechos en base a las pruebas válidamente recibidas y valoradas, por lo que sus estimaciones y conclusiones son coherentes, comprensibles, lógicas y suficientes…”