Expediente No. 1052-2013

Sentencia de Casación del 05/12/2013

“...Cámara Penal concluye que, no obstante que el tribunal sentenciador emitió juicio sobre que no existía circunstancias agravantes, de los propios hechos acreditados por el mismo, se extrae la concurrencia de las circunstancias agravantes de cuadrilla y artificio para cometer el delito, por lo mismo, la pena impuesta por dicho tribunal de treinta años aumentada en una tercera parte lo que dio cuarenta años de prisión inconmutables, se encontraba justificada, con ello se evidencia que, la sala incurrió en el agravio legítimamente alegado y vulneración normativa denunciada [artículo 27 y 65 del Código Procesal Penal]. En ese sentido, el recurso de casación planteado debe declararse procedente y en consecuencia, debe condenarse al sindicado a cuarenta años de prisión inconmutables ya incluida la tercera parte por la aplicación del concurso ideal...”