Expediente No. 745-2013

Sentencia de Casación del 23/09/2013

“…El tribunal Ad quem al resolver indica que considera que el tribunal A quo observó la sana crítica en la valoración de la prueba, al no darle valor probatorio a las declaraciones testimoniales de las víctimas, indicando que ambas eran confusas y contradictorias. La Sala hizo la revisión de la sentencia de primer grado para confirmarla, y no encontró los vicios que se le denuncian, porque éstos no existen. En efecto, Cámara Penal confirma tal criterio (…) El tribunal de casación advierte que si bien la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de la ciudad de Quetzaltenango, no fue extensa en su apreciación, sus consideraciones fueron claras y coherentes para validar la sentencia…”