Expediente No. 494-2013

Sentencia de Casación del 30/07/2013

“…El tribunal Ad quem resolvió uno a uno, los motivos de forma invocados por el procesado al plantear el Recurso de Apelación Especial. Si bien, su argumentación no es amplia, sí indica los motivos por los que considera que no se han vulnerado los artículos invocados por el casacionista, enfatizando que el procesado ha tenido un juicio en el cual se han respetado sus garantías y derechos y prueba de ello es que presenta ante la Sala la impugnación de la sentencia del a quo (…) Ello referido al reclamo de que el Ministerio Público al plantear la acusación no relacionó la evidencia material en que la fundamentaba (…) Cámara Penal ha determinado este extremo en el audio de la audiencia respectiva, en donde consta qué pruebas ofreció el Ministerio Público para ser producidas en el juicio, y explicablemente sin objeción de la defensa. Con ello se confirma que, la Sala fundamentó correctamente al afirmar que las formas del proceso no se han variado y el encausado ha sido sometido a un debido proceso, observando todo el cúmulo de garantías procesales derivadas de la Constitución Política de la República y en observancia de las formas sustanciales del procedimiento penal relativas a sus distintas fases...”