“…Analizadas las argumentaciones expuestas en el recurso de casación y el fallo recurrido, Cámara Penal considera que la sala de apelaciones sí resolvió fundadamente el agravio que le fuera planteado. Lo anterior, en virtud de que el ad quem cumplió con argumentar que con base en el análisis integral de los medios de prueba, fue posible determinar el lugar, el día y hora aproximada en que ocurrió el hecho, y que las conclusiones arribadas por el tribunal fueron obtenidas de las correctas valoraciones realizadas de los medios de prueba, en las que no se infringieron las reglas del sistema valorativo de la sana crítica razonada, por lo que concluyó en que solo pudo advertirse una apreciación contraria a lo resuelto. De esta forma, es posible advertir que fueron satisfechos los requerimientos legales de fundamentación por parte de la Sala al emitir el fallo recurrido…”