Expediente No. 278-2013

Sentencia de Casación del 15/07/2013

“…se evidencia que la sala no se pronunció sobre la denuncia del apelante relacionada con la indebida interpretación del artículo 65 del Código Penal, en donde argumenta que el tribunal sentenciador al determinar la pena le impuso una sanción incrementando la mínima del rango, con base en circunstancias agravantes que el ente acusador no había alegado ni probado. Por ello, Cámara Penal concluye que, hubo omisión de resolución de este agravio, que implica violación al derecho de defensa y del debido proceso, regulado por el artículo 12 de la Constitución Política de la República de Guatemala…”