“...Que el Acuerdo número 15-2012 de la Corte Suprema de Justicia en el artículo 4 reasigna competencia territorial a los juzgados de ejecución penal, a través de distribuir las diferentes circunscripciones departamentales en los tres órganos jurisdiccionales de ejecución que existen en el país.
Por otro lado también establece que los expedientes de ejecutorias de sentencias que estén siendo tramitados por los Juzgados Primero y Segundo de Ejecución deben ser remitidos de conformidad con la distribución territorial establecida en el referido artículo al Juzgado Pluripersonal Tercero de Ejecución Penal, siempre que no se encuentre iniciado ningún incidente relativo a la ejecución y extinción de la pena.
De conformidad con el artículo 495 del Código Procesal Penal, es competencia de los jueces de ejecución conocer de las solicitudes de incidentes relativos a la ejecución y extinción de la pena que plantee el Ministerio Público, el condenado y su defensor. El juez de ejecución los resolverá, previa audiencia a los interesados, salvo que hubiera prueba que rendir, en cuyo caso abrirá el incidente a prueba. Sin embargo estas no son las únicas actuaciones o incidentes que pueden surgir durante la fase ejecutiva del proceso penal, pero si son las únicas que una vez iniciadas supeditan la remisión del expediente de ejecutoria ya iniciado al órgano jurisdiccional con competencia territorial de conformidad con el artículo 4 del Acuerdo número 15-2012 de la Corte Suprema de Justicia.
Dentro del caso objeto de estudio, de las actuaciones se desprende que no existe ningún incidente relativo a la ejecución y extinción de la pena que se encuentre iniciado y cuya tramitación deba ser finalizada por el Juzgado Pluripersonal Primero de Ejecución Penal, por lo que la remisión de la ejecutoria al Juzgado Pluripersonal Tercero de Ejecución Penal de conformidad con la competencia territorial que le fue asignada es procedente.
Por tanto esta Cámara determina que el competente para conocer del expediente de ejecutoria, es el Juzgado Pluripersonal Tercero de Ejecución Penal...”
Se Resolvió en igual sentido:
Expediente No. 49-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 50-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 51-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 52-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 53-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 04/02/2013
Expediente No. 54-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 54-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 55-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 56-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 73-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 74-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 75-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 76-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 77-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 05/02/2013
Expediente No. 83-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 12/02/2013
Expediente No. 94-2013 Auto de Conflicto de Competencia del 12/02/2013