Expediente No. 234-2013

Sentencia de Casación del 09/07/2013

“…En cuanto al reclamo de violación del artículo 65 de Código Penal, la labor de este tribunal se concretará en verificar si de los hechos acreditados se desprenden algunas de las circunstancias agravantes no contenidas en el tipo penal, o bien circunstancias ponderadores de la pena. De los hechos probados relacionados anteriormente, se extrae que las agravantes de artificio para cometer delito, interés lucrativo y vinculación con otro delito, tomadas en cuenta para determinar la pena, no son elementos cualificantes de los delitos por los cuales se le condena al procesado, las cuales sí se encuentran inmersas en la plataforma fáctica desarrollada en la acusación (…) Además de las citadas agravantes, se tomó como criterio para incrementar el rango mínimo de las penas, la intensidad del daño causado, o sea el sufrimiento o dolor que provocó a los padres el deceso de la joven víctima, motivos por los cuales, las penas de prisión como la de multa impuestas al procesado se encuentran debidamente justificadas…”