“…los hechos probados por la forma de su comisión y la relación entre los sujetos del delito, han sido correctamente interpretados y juzgados en una integralidad indisoluble por el mismo órgano jurisdiccional. En ese orden de ideas, el fallo del Tribunal de Femicidio se encuentra ajustado a derecho porque actuó dentro del ámbito de su competencia penal…”