Expediente No. 2472-2011
Sentencia de Casación del 02/02/2012
"...Cámara Penal, al revisar la resolución de la sala impugnada, establece que ésta resuelve que el tribunal sentenciador valoró los órganos de prueba, sobre la base del principio de la derivación, que integra la sana crítica razonada, obviamente, aplicando el principio de razón suficiente. Estableciendo que los principios del razonamiento jurídico, concatenados con la sana crítica razonada, dieron como resultado la conclusión para condenar al acusado. Así mismo, Cámara Penal, desciende a la sentencia de primer grado y establece que efectivamente, éste valoró e integró los peritajes con las declaraciones testimoniales, y éstos con los documentos aportados en juicio. De éstos se infiere la razón suficiente que justifica su existencia, dando como resultado un dato verdadero, la muerte de VICTOR MANUEL MEDRANO BARRERA. Con cada medio de prueba recibido y así valorado, se construye el caso para establecer de manera indubitable la responsabilidad penal del sindicado en el hecho que se le atribuye. El señalamiento de supuestas deficiencias relacionadas con la hora, día, lugar del hecho, carecen absolutamente de sustento, por cuanto el tribunal señaló con toda claridad y sencillez, con base en la prueba pericial, testimonial los extremos que reclaman el recurrente..."