"...Denuncia el casacionista que el fallo de la Sala carece de fundamentación, ya que no se cumplió con indicar en su razonamiento, si fueron aplicadas correctamente las reglas de la sana crítica razonada, lo que se habría basado en el hecho que, el sindicado fue capturado tras haberse realizado un operativo de seguridad, en el que al revisar el tablero de mandos del vehículo que conducía, se encontró un arma de fuego, de la cual se demostró en el proceso, se encontraba denunciada como robada (...) Del estudio realizado al fallo recurrido, se encuentra que el órgano de alzada consideró que el hecho de encontrar un arma dentro de un vehículo, no hacía presumir que el procesado tenía conocimiento de su existencia; que cuando se recibe un vehículo en venta, se revisa los ambientes interiores, más no se desarma la consola de mandos para descubrir si hay compartimientos ocultos; y debido a que el vehículo fue recibido para ser vendido, era inadmisible que el propietario reclamara el arma, ya que según fue indicado, ya se encontraba fallecido. De lo anterior, se puede advertir que el fallo de la Sala no se encuentra debidamente fundamentado, pues no se cumplió con resolver con base en razonamientos adecuados y suficientes, si fueron vulneradas o no las reglas integrantes de la sana crítica razonada. Claro está que la labor del Ad quem, no consistía en hacer un nuevo análisis valorativo de los medios de prueba, sino proceder a determinar si al valorar dichos medios, hubo vulneración de tales reglas y principios, específicamente la experiencia y la regla de la derivación en su principio de razón suficiente, e incongruencias en las valoraciones. En este caso, la Sala se concretó hacer un análisis del caso y en desarrollar juicios conclusivos, pero no resolvió fundadamente los agravios manifestados por el apelante..."