"...Es oportuno citar el principio favor reí, o principio de favorabilidad del reo, que se traduce en que, en caso de duda sobre circunstancias fácticas que fundamenten la imputación o cualquier circunstancia para decidir, debe optarse, por aquélla que favorezca al reo. Con base en dicho principio, es razonable la sentencia absolutoria, porque los medios de convicción no revelan la responsabilidad del procesado.
Es decir que, no existen suficientes medios de convicción para destruir la presunción de inocencia del procesado, la prueba obtenida durante el debate no basta para que el tribunal pueda motivar las consideraciones que lo llevaran a decidir la destrucción de dicha presunción..."