“...Es jurídicamente inconsistente el reclamo de la casacionista sobre la falta de fundamentación de la sentencia de la Sala cuando, a ésta se le denunció la vulneración del principio de correlación, porque en sentencia se acreditó la marca del arma de fuego incautada a la acusada, como un hecho no contenido en la acusación, si el Ad quem en la revisión del vicio denunciado, constató la intrascendencia del vicio porque el arma presentada en el debate es la misma que fue incautada...”