Expediente No. 1465-2012

Sentencia de Casación del 24/08/2012

"...Al hacer el estudio sobre el fallo recurrido se encuentra que, el Ad quem ha explicado las razones legales por las cuales no acogió el recurso de apelación especial presentado por el imputado. No obstante, para el casacionista los razonamientos contenidos en la sentencia de la sala no son satisfactorios, y su inconformidad radica en que convalidó una sentencia condenatoria en la no se indicó la fecha ni el lugar en que se cometió el delito de violación.
El tribunal de alzada tuvo razón al resolver de la forma que lo hizo, pues para dar respuesta al recurso de apelación tuvo que revisar la logicidad de la sentencia del tribunal de juicio, en la cual encontró que lo narrado por la víctima sobre los abusos sexuales que sufrió, fue reforzado con las declaraciones testimoniales (...), y de (...); los dictámenes periciales que demostraron que la agraviada ya no era virgen y que tenía daños emocionales a consecuencia de los abusos sexuales padecidos. Además, quedó acreditado que las acciones ilícitas fueron cometidas en la habitación que estaba en la parte de atrás de la tienda donde trabajaba, (en la residencia en la cual pernoctaba la familia), y que los episodios sexuales tuvieron verificativo en diferentes horarios y en repetidas ocasiones durante los años dos mil seis y dos mil siete, es decir, es infundado el argumento del recurrente sobre la omisión del momento y lugar en que ocurrieron los hechos, por el contrario, sí quedó demostrado el lugar de la comisión de los hechos delictivos y los periodos en que fueron cometidos. Pero si no se contara con esos datos, aún así el delito de violación subsistiría. Por ello, la Sala de apelaciones al confirmar la sentencia del tribunal de la causa no encontró ningún vicio.
En consecuencia la sentencia impugnada cumple con la fundamentación requerida por el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal..."