Expediente No. 1432-2012

Sentencia de Casación del 31/08/2012

"… se denuncia el error en la designación del tribunal sentenciante, Cámara Penal estima que (…). De conformidad con el artículo 451 del Código Procesal Penal, se trata de simples errores que no tienen influencia decisiva en el resolutivo ni en el fundamento para decidir; y que incluso no son motivos de casación. Por lo mismo, el recurso de casación (…) debe ser declarado improcedente...”