Expediente No. 1382-2012

Sentencia de Casación del 27/09/2012

"...Al cotejar esos hechos con el tipo penal aplicado y el razonamiento del sentenciante, se estima que tal razonamiento no está ajustado a derecho, en virtud que de lo acreditado no se desprenden elementos subjetivos que orienten la subsunción de los hechos en el delito de homicidio preterintencional. En efecto, al no estar acreditado el motivo por el cual el acusado tenía en su mano el arma de fuego, resulta imposible estimar la delimitación del dolo que sirvió de base al sentenciante para aplicar la figura del homicidio preterintencional, pero, no obstante, tal limitación, por la experiencia se sabe que quien desenfunda un arma con ocasión de una riña callejera, es para hacer uso de ella. En el presente caso, no puede alegarse que lo hizo para intimidar, pues, los otros partícipes de la riña estaban desarmados. Por lo mismo, de los hechos se desprende la intención homicida, por la naturaleza del arma y las circunstancias en que se desenfundó..."