Expediente No. 1251-2012

Sentencia de Casación del 16/07/2012

"…el Tribunal sentenciador estableció el grado de participación en el hecho, en calidad de autor, del sindicado Edgar Baudilio Tecu Piox, quien fue capturado flagrantemente portando un arma de fuego tipo pistola, de la cual no tenía la licencia de portación respectiva. Las acreditaciones del tribunal se limitan a esos hechos. No se determinó que existiera desapoderamiento consumado o tentado de algún bien a alguna persona. La denuncia ciudadana hecha a los agentes captores, relativa a que el acusado se encontraba asaltando a los transeúntes, si bien constituye la razón del actuar policial en relación con el encartado, no puede ser un indicativo concreto de la comisión del delito de robo agravado en grado de tentativa, porque este delito, como ha sido expuesto anteriormente, precisa de otros elementos objetivos que lo complementen. Debe recordarse además, que el robo agravado es un delito de resultado que se consuma con la disposición del bien posterior al desapoderamiento, por lo que la tentativa debe ocurrir en relación con dicho objetivo final, lo que no quedó acreditado en el presente caso; en tanto la portación ilegal de arma de fuego civil o deportiva, es un delito de mera actividad cuya comisión ocurre siempre que el acusado lleve el arma consigo sin la autorización debida, que es lo acreditado directamente. De ahí que la subsunción típica propuesta por el casacionista sea improcedente e incongruente con la plataforma fáctica acreditada.
De lo anterior, este tribunal estima que el hecho no puede ser calificado como robo agravado en grado de tentativa. Los hechos acreditados encuadran en el delito de portación ilegal de arma de fuego civil y/o deportivas…"