Expediente No. 1106-2012

Sentencia de Casación del 20/07/2012

"…Cámara Penal reitera su criterio en cuanto a que, si la sala de apelaciones (…) no fue lo suficientemente cuidadosa al calificar el recurso de apelación especial en la fase de admisibilidad, no puede invocar razones propias de esa etapa procesal, como impedimento para pronunciarse sobre el fondo de la impugnación, pues en tal caso, estaría retrotrayendo dicho análisis a una fase precluida, vulnerando el debido proceso y dejando a la recurrente en estado de indefensión (…).
Otro agravio denunciado por la apelante, fue que, por haber sido aprehendida por agentes policiales, no consumó el delito de extorsión, por lo que en todo caso, debió ser condenada en grado de tentativa.
Al analizar lo considerado por la sala en cuanto a este submotivo, es evidente que se limitó a resolver el agravio de manera general (…) Era necesario explicitar porqué se había consumado el delito, confrontando la argumentación de la apelante, respecto a que su captura antes de recibir la cantidad demandada en la extorsión interrumpía el curso de la ejecución del delito.
En base a lo anterior, se concluye que la sala de apelaciones no resolvió el agravio denunciado (…) consecuentemente, será necesario emitir una nueva sentencia sin el vicio apuntado.
Se pretendía que los hechos acreditados en cuanto a la sindicada, debieron haber sido tipificados como encubrimiento propio y no en el tipo penal de extorsión. Al verificar el contenido de la sentencia impugnada, Cámara Penal verifica que al resolver, la sala de apelaciones no hizo pronunciamiento alguno en relación (…). De tal forma, es evidente que al no hacerlo vulneró el derecho de petición de la sindicada, a la vez que la dejó en estado de indefensión...”