“...Se analizan las actuaciones remitidas por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Guatemala y se advierte que la ejecutoria proveniente de la Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia ordena su cumplimiento. Por tal razón el asunto planteado no corresponde a una duda que le provoque conclusiones diversas, sobre las cuales no puede discernir de manera firme e indubitable. Por lo que se ordena se remita el proceso al órgano que plantea la duda para que resuelva lo que proceda conforme a derecho...”