Casación No. 13-2011

Sentencia del 08/07/2011

“...Cámara Penal considera de conformidad con la ley penal y la doctrina, que son responsables penalmente del delito los autores y los cómplices; y que autores son aquellos que cooperan en la realización del delito, ya sea en su preparación o en su ejecución, con un acto sin el cual no se hubiera podido cometer, de ahí que no es importante dónde se encuentre regulado el concepto de autor, sino las características que lo definen, pues las distintas contribuciones deben considerarse como un todo y el resultado total debe atribuirse a cada uno, independientemente de la forma material de su intervención, pues es necesario que se contribuya en la realización del delito no necesariamente en su ejecución material, de tal modo que dicha contribución pueda estimarse como un eslabón importante de todo el acontecer delictivo. (...) De los hechos acreditados, se desprende que la ayuda del sindicado fue determinante en la concreta realización del crimen, pues esto le garantizó al otro sindicado RENE ANIBAL SITAN GÓMEZ, ejecutarlo como estaba planificado, incluso la forma en que lo haría, hasta llevar al lugar del hecho un machete corvo y un cuchillo para ocasionarle a la víctima las heridas que le produjeron la muerte...”