Revisión No. 110-2010

Sentencia del 25/02/2011

“...Con las certificaciones analizadas y que se adjuntaron a la solicitud de revisión, se evidencia que el día veintiuno de julio de dos mil ocho, Carlos Alberto Martínez Fuentes, tenía la edad de diecisiete años, pues estaba a escasos veintiséis días de cumplir la mayoría de edad. Lo anterior modifica la verdad establecida en el juicio, ya que la partida de nacimiento de Carlos Alberto Martínez Fuentes, es un documento decisivo que no fue incorporado oportunamente al procedimiento... La certificación del RENAP en referencia, es un medio de prueba idóneo para establecer la minoría de edad de Carlos Alberto Martínez Fuentes, al momento en que ocurrió el hecho delictivo atribuido, el que si bien es cierto pudo haberse presentado con antelación, también lo es que no fue incorporado al procedimiento. Por las razones consideradas la acción de revisión planteada debe declararse con lugar...”