Casación No. 92-2008

Sentencia del 10/11/2008

"...Es de advertir que el Ministerio Público denuncia que la Sala al confirmar el fallo proferido por el tribunal a-quo vulneró el artículo 132 del Código Penal, por considerar que el tribunal de segunda instancia al resolver el recurso de apelación especial dio una errónea interpretación a la norma antes citada, por lo que al hacer el análisis respectivo al submotivo invocado se determina que el recurrente confunde los términos contenidos en el numeral 5) del artículo 441 del Código Procesal Penal, ya que en el presente caso correspondía denunciar la falta de aplicación de la norma que denuncia vulnerada y no una errónea interpretación como lo expone, por el hecho de que el tribunal de segundo grado al emitir la sentencia que se recurre en casación, consideró que el tribunal de primer grado al dictar la sentencia no hizo uso de la norma citada, por lo que claramente se encuentra que no existió errónea interpretación del artículo 132 del Código Penal..."