Casación No. 519-2007 

Sentencia del 13/06/2008

"...la entidad querellante adhesiva y actora civil presentó apelación contra el fallo de primer grado, denunciando la errónea aplicación del artículo 360 del Código Procesal Penal, y en uno de sus apartados alegó la infracción del principio de continuidad del debate ( ...)
Lo anterior fue objeto de alegaciones en la apelación especial, sin embargo, al estudiar las consideraciones de la sentencia de segunda instancia, la Cámara Penal no encuentra argumentos jurídicos que reflejen que lo denunciado por la querellante adhesiva y actora civil haya sido conocido por la Sala, estimándose por esa razón que las alegaciones aludidas no fueron debidamente examinadas ni resueltas por el tribunal de apelación, pues éste expuso razonamientos que en nada se relacionan con las violaciones citadas por el órgano apelante, lo cual se traduce en falta de fundamentación.
En consecuencia, sí existe vulneración al artículo 11 Bis del Código Procesal Penal..."