"...el casacionista señala que se vulneró el artículo 14 del Código Penal por falta de aplicación, pues alega que en este caso no fue consumado el delito de Violación con agravación de la pena, como realmente fue condenado, sino que debió habérsele juzgado por el delito de Violación con agravación de la pena en el grado de Tentativa, pues alega que no se consumaron todos los elementos del delito atribuido, por lo que al hacer el análisis respectivo de los argumentos sustentados, se estima que no se causó vulneración de la referida norma, pues a parte que el tribunal ad quem no fue quien lo declaró responsable penalmente al condenado del delito atribuido, consideró que se tomó en cuenta todos los elementos que le fueron atribuidos...por lo que se estima acertada la decisión del tribunal ad quem de haber confirmado la sentencia de primer grado, pues existieron elementos que comprobaban la efectiva consumación del delito de Violación con agravación de la pena por parte del procesado, habiendo atentando claramente contra la libertad y seguridad sexual de la víctima, quien a parte que era menor de edad al momento de la comisión del delito, es además pariente del procesado dentro de los grados de consanguinidad, por lo que dadas las consideraciones sustentadas y habiéndose advertido que no se vulneraron las normas señaladas por el recurrente, se determina que debe ser declarado improcedente el recurso interpuesto..."