Casaciones Acumuladas No. 44-2003 y 46-2003 

Sentencia del 08/09/2004

"... La falta de fundamentación se hace evidente en la sentencia... específicamente al considerar "la realización de diversos actos lascivos con la misma persona en diversos momentos constituyen diversos delitos de abusos deshonestos, pero con el objeto de atenuar el rigor de la acumulación aritmética de penas, que es adoptada por las legislaciones para el Concurso Real, surge la figura del DELITO CONTINUADO, que es una ficción jurídica que tiene como característica: "la unidad de resolución o de propósito de un mismo sujeto que ha cometido una serie de acciones constitutivas de ejecuciones parciales de un solo delito"; como es el decir de Guillermo Cabanellas. En ese sentido es de considerar que la sola trascripción de lo que pueda aplicarse al caso y a la referencia de un concepto doctrinario, no constituye fundamentación, sino que es necesario realizar el análisis que pueda tenerse como una clara y precisa fundamentación en que se exponen los motivos de hecho y de derecho en que se basa la decisión.
Por lo anterior se establece, que el argumento esgrimido por el Tribunal de Sentencia en mención, debe de efectuar las consideraciones pertinentes para cumplir con la fundamentación necesaria de validez de la sentencia. A la vista de lo anterior y con fundamento en la ley, procede anular de oficio parcialmente la sentencia dictada por el Tribunal de Primer Grado de fecha veinticuatro de julio de dos mil dos en lo atinente a la calificación jurídica de los hechos indicando concretamente cuál es el caso; así también, en lo relativo a las penas expresando los criterios de valoración o lo tocante a la concurrencia de los delitos..."