Casación No. 403-2008

Sentencia del 21/04/2009

"...Esta Cámara estima que el argumento del recurrente es inconsistente e incongruente para fundamentar el subcaso de procedencia invocado (numeral 1 del artículo 440 del Código Procesal Penal), ya que según se advierte, la norma que estima infringida no guarda relación con dicho submotivo, por cuanto que el artículo 11 bis regula la falta de fundamentación de la sentencia que constituye un requisito formal de validez de la misma, y por ende resulta improcedente denunciar dicha norma como infringida, cuando el subcaso de procedencia y argumentos para sustentar el mismo se refieren a puntos esenciales objeto de la acusación dejados de resolver, o que estaban contenidos en las alegaciones del defensor..."