Casación No. 400-2005 

Sentencia del 12/02/2008

"...El requisito de la fundamentación consiste en mostrar al incoado y al pueblo que se ha estudiado el fondo del asunto, por lo que los juzgados deben de cumplir con otorgar las razones lógicas, coherentes y en una forma sencilla el por qué de la resolución, siempre actuando con respeto al ámbito de la acusación, los hechos de la causa y a las reglas de valoración de la prueba. Por lo anterior este Tribunal, al realizar el estudio de los argumentos sustentados por el recurrente y lo expuesto por la Sala, estima que la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Jalapa, al resolver los motivos de forma planteados por el recurrente, expuso: "(...)"Así pues, de lo considerado por la Sala no se aprecia cuál es el análisis que realizó para determinar que las declaraciones testimoniales recibidas y valoradas por el tribunal a quo, cumplen con las formalidades exigidas en la ley, a pesar de tener en cuenta que ese Tribunal tiene prohibición de valorar prueba, éste se encuentra facultado para hacer referencia a los hechos que se tuvieron por probados por el Tribunal de Sentencia y a las pruebas que valoró, todo esto para determinar si la argumentación que efectuó dicho tribunal cumplía o no con la fundamentación exigida por nuestro ordenamiento procesal penal. (...) Por lo anterior, se hace procedente declarar con lugar el presente recurso de casación, ya que es de considerar que la sentencia constituye la forma de materializar el acto procesal y de concretizar o individualizar normas jurídicas que refieren al caso en concreto. Así pues que, al analizar el desarrollo de la sentencia proferida por la Sala, se establece que ésta carece de fundamentación, requisito formal de validez, ya que en sus conclusiones no se evidencia la expresión de hecho y derecho necesaria para indicar que se ha estudiado a cabalidad el objeto del agravio. En consecuencia, este Tribunal deberá reenviar el expediente de mérito a efecto que la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Jalapa, dicte una nueva sentencia sin los vicios apuntados..."