Casaciones Acumuladas No. 346-2003, 353-2003 y 58-2004

Sentencia del 06/07/2004
 
"...esta Cámara estima que, existe indebida aplicación de una norma jurídica, cuando se incurre en un error en la elección de la norma al aplicar a los hechos, una distinta de la que correspondía, o sea la falta de adecuación de la norma aplicada con el caso concreto. De manera que cuando se invoca en casación indebida aplicación de un precepto constitucional o legal, el argumento del recurso debe consistir en señalar y demostrar el error del tribunal al aplicar una norma que no correspondía al caso concreto y, desde luego, la norma que ha sido inobservada en virtud de esa indebida aplicación, lo que no se hizo en el presente caso. En esa línea de ideas, el recurso de casación por motivo de fondo, deviene improcedente..."