Casación No. 33-2004

Sentencia del 29/09/2004

“...Aduce el recurrente que la Sala infringió el artículo 12 de la Constitución Política de la República, que no fue citado, oído, ni vencido en proceso legal y sin embargo le condenaron a pena de muerte por peligrosidad.
Al realizar el estudio de la norma denunciada como violada y caso de procedencia invocado se estima que no guardan congruencia, toda vez que la mencionada norma no contiene los requisitos formales de la sentencia, razón que hace improsperable el motivo planteado (...)
Luego de realizar el análisis de los argumentos expuestos en el memorial de interposición, el caso de procedencia y fallo impugnado, esta Corte estima que no le asiste razón jurídica al casacionista, por cuanto que la Sala al conocer el recurso de apelación especial interpuesto, explicó los motivos por los cuales no acogió dicho recurso, para cada caso de procedencia por lo que no existe la supuesta contradicción a la que el casacionista pretende inducir a este Tribunal, además la motivación es clara y completa para que el fallo sea válido, reuniendo así el requisito formal de fundamentación...”