"... Al haber quedado evidenciado el "ánimus necandi", que se define como el deseo de matar, por parte del procesado, esta Cámara estima que la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Jalapa, aplicó indebidamente el artículo 148 del Código Penal, que contempla el delito de lesiones leves, por lo que debe condenarse a CRISTIAN HEBERTO GIRÓN CASTAÑEDA, en el grado de autor del delito de HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA, cometido contra la humanidad de Iván Rodrigo Cárcamo González,..."