Casación No. 287-2004

Sentencia del 23/09/2005

"...esta Cámara determina que el recurrente sostiene que el agravio consiste en que al no haberse acreditado el elemento del daño y perjuicio por parte del tribunal de sentencia, no debió declararse la responsabilidad de su defendido, planteamiento que esta Cámara estima improcedente, toda vez que en este caso el recurrente atribuye el agravio a la sentencia de primer grado y no a la de segundo grado como corresponde, por lo que no es posible determinar si se causó alguna afectación por parte de la sentencia recurrida, pues aparte de ello no señaló cual es el hecho acreditado en la sentencia de segundo grado que haya motivado la condena de su defendido..."