"...Indica el peticionario, que la sentencia impugnada viola el artículo 11 bis citado, toda vez que la Sala de Apelaciones en sus considerandos, únicamente se limitó a indicar que lo que pretende el recurrente es que se entre a valorar nuevamente la prueba, sin llegar a explicar cuales son las fundamentaciones de hecho y de derecho que los llevaron a dictar esa sentencia, de ahí que a su criterio, la misma carezca de fundamentación y por ende sea nula. En el presente caso, esta Cámara advierte que la violación denunciada no se da, toda vez que ... en la sentencia reclamada se expresan las razones que indujeron a los integrantes de la Sala objetada para rechazar el recurso de apelación especial. Así mismo lo que se deduce de las alegaciones del recurrente, es que no comparte el razonamiento del tribunal ad quem, extremo que no puede ser objeto del presente recurso objeto de estudio..."